¿Fue detenido sin justa causa? Usted tiene derecho a presentar la liquidación de lucro cesante y daño emergente en persona privada de la libertad. ¡Venga le contamos!
Liquidador de Lucro Cesante y Daño Emergente en Persona Privada de la Libertad
El lucro cesante y daño emergente en persona privada de la libertad se trata de calcular los frutos civiles dejados de percibir durante el tiempo que estuvo detenido (a). Además, los gasto en que incurrieron durante el tiempo en recuperar la libertad.
¿Qué es el lucro cesante y daño emergente en persona privada de la libertad?
El lucro cesante y el daño emergente son conceptos que se utilizan para calcular la indemnización que le corresponde a una persona que ha sido privada de la libertad injustamente por las autoridades penales. Según Sentencia 73001233100020090013301, la indemnización por daños y perjuicios comprende no solo la pérdida que se haya sufrido, sino también las ganancias que se hayan dejado de obtener.
El lucro cesante se refiere a los frutos civiles o ingresos que la persona dejó de percibir durante el tiempo que estuvo detenida y que hubiera podido obtener de no haber sido por la privación de la libertad. Por ejemplo, el salario, las comisiones, las utilidades, etc.
El daño emergente se refiere a los gastos en que incurrió la persona por causa de la privación de la libertad y que no hubiera tenido que hacer de no haber sido por ella. Por ejemplo, los honorarios del abogado, los gastos médicos, los gastos de transporte, etc.
Servicio de cálculo de lucro cesante y daño emergente en persona detenida injustamente
El servicio de este tipo de cálculo se trata de cuantificar salarios y prestaciones sociales del detenido durante el tiempo de detención, además la indexación de estos valores a la fecha de presentación de la liquidación de lucro cesante y daño emergente en persona privada de la libertad.
Además, se incluye el monto económico que sale de los gastos de representación jurídica del privado de la liberta.
Datos para hacer el lucro cesante y daño emergente
Fecha de captura
Fecha de libertad
Salario que devengaba
Fecha de nacimiento
Tiempo de entrega del cálculo
Regularmente, el liquidador de cálculo de lucro cesante y daño emergente, entrega el soporte del cálculo en un día hábil después de recibir toda la información correspondiente.
Precio de liquidación
Hacer el cálculo de lucro cesante y daño emergente tiene un valor de $ 40.000, en caso de necesitar cálculos adicionales le cotizamos al mejor precio. (Contacto en horario 8 A.M. a 6 P.M.: 3024655673)
Medios de pagos
Preguntas frecuentes
¿Esta liquidación del cálculo cuenta con firma de contador?
No, el cálculo es elaborado por un especialista en liquidaciones judiciales, pero no cuenta con el título de contador público. Igual, los juzgados no solicitan la firma de contador para presentar el lucro cesante y daño emergente en persona privada de la libertad, únicamente exigen que cumpla con la normativa descrita anteriormente. Si necesita firma de contador no podemos ayudarle.
¿Qué requisitos se deben cumplir para reclamar el lucro cesante y el daño emergente en persona privada de la libertad?
Para reclamar el lucro cesante y el daño emergente en persona privada de la libertad, se debe presentar una demanda ante la jurisdicción contencioso administrativa contra el Estado. Se debe probar la existencia y la cuantía del daño sufrido con documentos como el certificado laboral, las facturas, los recibos, etc. El plazo para reclamar es de dos años desde que se produjo el hecho o desde que se conoció el alcance de las lesiones
¿Qué otros perjuicios se pueden reclamar por la privación injusta de la libertad?
Además del lucro cesante y el daño emergente, se pueden reclamar otros perjuicios por la privación injusta de la libertad, como los morales, los fisiológicos, los estéticos y los existenciales. Estos perjuicios se refieren al sufrimiento, al dolor, a la angustia, a las secuelas físicas o psicológicas, a las alteraciones estéticas o a las afectaciones, al proyecto de vida que haya padecido la persona detenida o sus familiares
¿Cómo se calcula el lucro cesante y daño emergente en persona privada de la libertad?
Para calcular los perjuicios morales, fisiológicos, estéticos y existenciales por la privación injusta de la libertad se deben tener en cuenta los siguientes aspectos:
- La gravedad y la duración de la detención y sus consecuencias en la persona y sus familiares.
- La edad, el estado de salud, la condición social y económica de la persona y sus familiares.
- El grado de afectación de los derechos fundamentales de la persona y sus familiares.
- Los criterios jurisprudenciales y legales vigentes para establecer el monto de la indemnización.
No existe una fórmula única para calcular estos perjuicios, sino que dependen del análisis de cada caso concreto y del criterio del juez. Sin embargo, se suelen utilizar como referencia las tablas o baremos que han elaborado algunos tribunales o entidades para valorar el daño corporal o el daño a la vida en relación. Por ejemplo, el Consejo de Estado ha establecido que el perjuicio moral se puede liquidar en salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) según el grado de parentesco o afinidad con la víctima. Así, por ejemplo, para los padres, hijos o cónyuges se reconoce un máximo de 100 SMLMV; para los hermanos o abuelos se reconoce un máximo de 50 SMLMV; y para los tíos o sobrinos se reconoce un máximo de 25 SMLMV.
Tabla de nivel de daño moral
El daño moral, según la jurisprudencia colombiana, está cuantificado en salarios mínimos legales vigentes, el monto no se incluye en la liquidación, teniendo en cuanta que la reparación de daño moral ya tiene un porcentaje. Veamos la tabla:
Nivel 1 | Nivel 2 | Nivel 3 | Nivel 4 | Nivel 5 | |
Gravedad en la lesión | Víctima directa y relaciones afectivas conyugales y paternofiliales. | Relación afectiva del 2º grado de consanguinidad o civil. | Relación afectiva del 3º grado de consanguinidad o civil. | Relación afectiva del 4º grado de consanguinidad o civil. | Relaciones afectivas no familiares de terceros damnificados. |
Igual o superior al 50 % | 100 SMLMV | 50 SMLMV | 35 SMLMV | 25 SMLMV | 15 SMLMV |
Igual o superior al 40 % e inferior al 50 % | 80 SMLMV | 40 SMLMV | 28 SMLMV | 20 SMLMV | 12 SMLMV |
Igual o superior al 30 % e inferior al 40 % | 60 SMLMV | 30 SMLMV | 21 SMLMV | 15 SMLMV | 9 SMLMV |
Igual o superior al 20 % e inferior al 30 % | 40 SMLMV | 20 SMLMV | 14 SMLMV | 10 SMLMV | 6 SMLMV |
Igual o superior al 10 % e inferior al 20 % | 20 SMLMV | 10 SMLMV | 7 SMLMV | 5 SMLMV | 3 SMLMV |
Igual o superior al 1 % e inferior al 10 % | 10 SMLMV | 5 SMLMV | 3.5 SMLMV | 2.5 SMLMV | 1.5 SMLMV |
Además del cálculo de lucro cesante y daño emergente en persona privada de la libertad, también liquidamos: