En este artículo dejaremos claro que es un edicto y para qué sirve, también explicaremos los tipos de edictos que existen en la actualidad, además de las entidades que solicitan publicar los edictos, como notarias, juzgados, bancos, entidades públicas, entre otras.
¿Qué es un edicto?
Un edicto es un mandato redactado por una autoridad, donde se indica ciertas reglas y/o órdenes de algún tipo de asunto.
¿Qué es el edicto en derecho?
El edicto en derecho es solicitado por diferentes autoridades como juzgados civiles y administrativos con el fin de informar a personas naturales o jurídica del proceso que curso en su nombre.
Existen diferentes tipos de edictos, ejemplos los emplazatorio, remates, sucesiones y notariales.
Actualmente, los edictos se relacionan muchos con el derecho, ya que para seguir el curso de un proceso jurídico, el código general del proceso; ordena diferentes tipos de publicaciones de edictos, como el emplazamiento a personas determinadas e indeterminadas de procesos ejecutivos, pertenencias entre otros.
Tipos de edictos
La diferencia radica en el tipo de trámite solicitado, y la entidad que solicita la publicación, los edictos tienen que ser publicados en medio escrito o radial, según sea el caso. Los tipos de edictos tramitados en la actualidad son:
- Edictos emplazatorios: Edicto mediante el cual se emplaza a todas las personas que no fueron contactadas personalmente, el emplazatorio se publica en un medio de circulación nacional, escrito, radial o televisivo, con el fin de llegar a la persona interesada.
- Edictos Judiciales: Los edictos judiciales son ordenados por juzgados con el fin de notificar la sentencia, trámite que se realiza una vez agotado el debido proceso de notificación por aviso de correo certificado.
- Edictos por fallecimiento: El aviso de edicto por fallecimiento; es un trámite que se da para cumplir los trámites antes las entidades administradoras de cesantías y pensiones, esto con el fin de entregar las acreencias económicas de un fallecido, a sus beneficiarios.
¿Quién publica el edicto?
El edicto lo debe publicar el interesado, es decir, quien inicia el proceso jurídico, es quien debe hacer la publicación de ley, y el trámite se realiza en medios escritos o audiovisuales, según sea el hecho, interés, solicitud del juzgado o norma legal.
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¿Dónde se debe publicar el edicto?
La publicación de un edicto en derecho debe hacerse en un medio de circulación nacional, escrito o audiovisual, para los medios escritos están los diferentes periódicos, para cumplir con la norma audiovisual, el interesado debe dirigirse a una emisora o, incluso, a un canal de televisión donde leerán el edicto informado el contenido de este.
¿Cuánto tiempo se debe estar publicado el edicto?
El tiempo que debe durar el edicto, depende del tipo de proceso. Ejemplo, si se trata de un edicto de fallecimiento; el contenido del edicto debe hacerse dos veces en periódico con intervalo de 30 días, otro ejemplo sería el edicto emplazatorio, el cual debe hacerse por una sola vez, o las veces que indique el juzgado donde se tramite el proceso.
Ahora que sabe que es un edicto, quizás te interese saber dónde publicarlo
Un edicto, dependiendo del tipo de trámite y solicitud, debe ser publicado en medio escrito de circulación nacional (periódico), en algunos procesos se ordena también se ordenan su publicación en radiodifusoras locales o nacionales (emisoras).