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Objetar una Liquidación de Alimentos en Colombia: Guía Completa

    Objetar una Liquidación de Alimentos en Colombia: Guía Completa

    Objetar una liquidación de alimentos significa formalmente expresar tu desacuerdo con el cálculo de la cantidad de dinero que debes pagar o recibir como pensión alimenticia. En otras palabras, estás indicando que hay un error en el cálculo y que la cantidad establecida no es correcta.

    ¿Qué significa objetar una liquidación de alimentos en Colombia?

    En Colombia, objetar una liquidación de alimentos implica presentar una oposición formal ante el juez o tribunal que conoce del proceso, manifestando que el cálculo de la cuota alimentaria no es correcto y solicitando su modificación. Esta acción se fundamenta en el derecho de las partes a que se determine una cuota alimentaria justa y equitativa, acorde a las circunstancias de cada caso.

    ¿Por qué se objeta una liquidación?

    Las razones para objetar una liquidación pueden ser diversas y se relacionan con cualquier error o cambio en las circunstancias que afecten el cálculo de la cuota alimentaria. Algunos de los motivos más comunes son:

    • Errores en los cálculos: Se pueden haber omitido ingresos, gastos o se pueden haber aplicado tasas incorrectas.
    • Cambio en las circunstancias económicas: Si se ha producido una variación significativa en los ingresos o gastos de alguna de las partes, como una pérdida de empleo, aumento de los costos de vida o incremento en los ingresos.
    • Necesidades cambiantes del menor: Si las necesidades del menor han aumentado o disminuido, por ejemplo, por motivos de salud, educación o crecimiento.

    ¿Cómo se objeta una liquidación de alimentos en Colombia?

    El procedimiento para objetar una liquidación de alimentos en Colombia está regulado por el Código de la Infancia y la Adolescencia y la Ley 500 de 1990. Generalmente, se debe presentar una solicitud por escrito ante el juez o tribunal que conoce del proceso, en la que se expongan claramente las razones de la objeción y se acompañen las pruebas que la sustenten.

    ¿Qué pruebas se deben presentar?

    Para que la objeción sea tenida en cuenta, es fundamental presentar pruebas que demuestren los hechos alegados. Estas pruebas pueden incluir:

    • Certificaciones de ingresos y gastos.
    • Estados de cuenta bancarios.
    • Facturas de servicios públicos.
    • Certificados médicos.
    • Cualquier otro documento que permita acreditar las nuevas circunstancias.

    ¿Cuáles son las consecuencias de objetar una liquidación?

    La objeción a una liquidación de alimentos puede tener diferentes consecuencias, entre las que se encuentran:

    • Revisión de la cuota alimentaria: El juez o tribunal deberá revisar la liquidación y las pruebas presentadas por las partes para determinar si procede modificar la cuota alimentaria.
    • Retraso en el pago: Durante el trámite de la objeción, el pago de la cuota alimentaria puede verse afectado.
    • Costas procesales: La parte que resulte vencida en el proceso puede ser condenada al pago de las costas.

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    ¿Es necesario contar con un abogado?

    Si bien es posible presentar una objeción a la liquidación de alimentos por cuenta propia, se recomienda contar con el asesoramiento de un abogado especialista en derecho de familia. Un abogado podrá orientar al cliente sobre los trámites a seguir, elaborar los documentos necesarios y representarlo en el proceso judicial.

    Jurisprudencia relevante en Colombia

    La jurisprudencia colombiana ha establecido diversos criterios para la fijación y modificación de las cuotas alimentarias, los cuales deben ser tenidos en cuenta al momento de objetar una liquidación. Es importante consultar la jurisprudencia más reciente para conocer los criterios aplicables a cada caso concreto.

    Consideraciones adicionales

    • Plazos: Es fundamental cumplir con los plazos establecidos por el juez o tribunal para presentar la objeción.
    • Buena fe: La objeción debe presentarse de buena fe y con el propósito de lograr una cuota alimentaria justa y equitativa.
    • Interés superior del menor: En todo caso, la decisión del juez o tribunal deberá estar orientada a garantizar el interés superior del menor.

    Importante:

    La información proporcionada en esta respuesta tiene carácter general y no sustituye el asesoramiento legal de un abogado. Se recomienda consultar con un profesional del derecho para obtener una orientación personalizada sobre su caso particular.

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